Los hijos e hijas tienen varios derechos como coparcener (Equal Rights). Por ejemplo, obtienen un derecho de propiedad ancestral por nacimiento; derecho a la supervivencia: si un coparcener muere, la propiedad se divide entre el resto. Están en posesión conjunta y propiedad de la propiedad, y si quieren una partición, pueden reclamarla presentando una demanda de partición.
Coparcener también puede adquirir una propiedad separada y, al mismo tiempo, tiene el derecho de enajenar la propiedad a cualquier extraño que comparta su propiedad en propiedad ancestral y propiedad adquirida por uno mismo. El padre también puede regalar propiedad a su hijo y no se tratará como propiedad ancestral que el hijo puede enajenar a quien desee.