El Esposo enfrentará el castigo mientras que la esposa no lo hará. Según la sección 497, el adulterio es un delito. El adulterio no puede ser cometido sin el consentimiento de una mujer. Sin embargo, la sección carga al hombre solo por la ofensa.
La Sección 497 penaliza las relaciones sexuales de un hombre con una mujer casada sin el consentimiento de su esposo cuando dicha relación sexual no equivale a una violación.
Es decir, establece una distinción entre el consentimiento otorgado por una mujer casada sin el consentimiento de su esposo y el consentimiento otorgado por una mujer soltera. No penaliza las relaciones sexuales de un hombre casado con una mujer soltera o una viuda o incluso una mujer casada cuando su esposo lo consiente.
En caso de cometer el delito de adulterio, el marido no puede procesar a su esposa infiel, pero solo puede procesar a su adúltero. Sin embargo, dado que la ofensa de adulterio puede ser cometida por un hombre con una mujer casada solamente, la esposa del hombre que tiene relaciones sexuales con otras mujeres solteras no puede procesar a su esposo o su adúltera.
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En todos estos casos, el resultado final es el divorcio, ya sea por consentimiento mutuo o impugnado.
Saludos,
Sonia & Partners