En los Estados Unidos, aunque los procedimientos de divorcio y custodia a veces se consolidan, no son interdependientes. La presentación de un divorcio, específicamente, no obliga al tribunal a decidir la custodia. Si ninguna de las partes hace una reclamación de custodia, no se ingresará una orden de custodia. Las partes se quedarían con el acuerdo de “incumplimiento”, es decir, que tienen custodia legal conjunta y la custodia física primaria recaerá en el padre donde viven los niños. Si los niños viven con un tercero, los padres tienen un derecho de custodia superior al tercero sin una orden judicial, pero el tribunal no irá a la tercera parte y dirigirá la devolución de los hijos. . En general, los niños pueden vivir en cualquier lugar siempre y cuando no sean dependientes, no hay una orden judicial que indique lo contrario, y los padres aceptan o no objetan.
La “dependencia” se define en esta área de la ley como el estado de un menor que está “sin el cuidado y la supervisión adecuados” por parte de un adulto, que no necesariamente tiene que ser un padre.
Si (especialmente si se hubiera presentado una reclamación de custodia) por alguna razón durante el curso del procedimiento, ambas partes rechazaron activamente la custodia (algo que nunca ha ocurrido en ningún caso que haya escuchado), el juez podría advertirles que esto podría crear dependencia y que la agencia de servicios de protección infantil entraría y buscaría la custodia legal. Aun así, esto no es suficiente para establecer la dependencia; eso solo se demostraría en una negativa afirmativa a cuidarlos. Si esto último sucediera y alguien del sistema judicial notara que los niños eran realmente “dependientes”, se requeriría un informe y, como resultado, la agencia podría ingresar y presentar una petición de dependencia, si La situación no pudo ser resuelta por medios no judiciales.
Si esto sucedió, la “colocación con un pariente en buena condición y buena voluntad” todavía es preferible a la de “cuidado de crianza” y, por lo general, los niños son enviados a vivir con la abuela o la tía o con alguien en ese sentido. Por lo tanto, el “cuidado de crianza” sería un último recurso y lejos de un cierto resultado en esta hipótesis.
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