Una hermana solo puede reclamar un derecho sobre la propiedad ancestral que pertenece a la familia. La propiedad ancestral, si el padre muere intestado o se divide, se dividirá en partes iguales en los estudiantes de clase 1 que serán madre, hermano y hermana.
No existe ninguna disposición en ninguna ley personal que otorgue a una hermana un derecho sobre los bienes adquiridos por los hermanos. Ella no tiene ningún reclamo legalmente justificable de tal propiedad.