Sin divorcio, el segundo matrimonio es una ofensa bajo la sección 494 de ipc.
Él / ella puede vivir con él / ella como vivir en relación solamente.
Ella puede presentar una petición de divorcio ante el tribunal de familia a través del poder notarial.
1. No puede volver a casarse sin obtener el decreto de divorcio de su esposa / esposo
2. Vivir en una relación también se registrará como un acto de adulterio punible con pena de cárcel.
Según la ley musulmana
La ley musulmana en la India significa “la parte de la ley civil islámica que se aplica a los musulmanes como ley personal”. Consiste en prescripciones del Corán y ha sido complementado y modificado aún más por la legislación estatal y los precedentes judiciales modernos de los Tribunales Superiores y la Corte Suprema de la India y también del Consejo Privado.
El matrimonio / ‘Nikah’ según la ley musulmana es un contrato subyacente a una relación permanente basada en el consentimiento mutuo.
Características esenciales
Un matrimonio musulmán requiere una propuesta (Ijab) de una parte y la aceptación (Qubul) de la otra como se requiere para un contrato. Además, no puede haber matrimonio sin consentimiento libre y dicho consentimiento no debe obtenerse mediante coacción, fraude o influencia indebida.
Al igual que en el caso de un contrato, ingresado por un tutor, al obtener la mayoría, el menor puede anular un contrato de matrimonio en la Ley Musulmana al alcanzar la edad de la pubertad.
Las partes de un matrimonio musulmán pueden celebrar cualquier acuerdo ante-nupcial o posnupcial que sea ejecutable por ley siempre que sea razonable y no se oponga a la política del Islam. Igual es el caso con un contrato.
Los términos de un contrato de matrimonio también pueden modificarse dentro de los límites legales para adaptarse a casos individuales.
Aunque desanimado tanto por el Sagrado Corán como por el Hadiz, sin embargo, como cualquier otro contrato, también existe una provisión para el incumplimiento del contrato de matrimonio.
REQUISITOS
La solomonización del matrimonio requiere la adhesión a ciertas formas y fórmulas. Se les llama lo esencial de un matrimonio válido. Si alguno de estos requisitos no se cumple, el matrimonio se vuelve nulo o irregular, según sea el caso. Así, los elementos esenciales son los siguientes:
Propuesta y Aceptación
Partidos competentes
Sin discapacidad legal
Procedimiento
El matrimonio como cualquier otro contrato está constituido por ijab-o-qabool, es decir, por declaración y aceptación. Una parte del matrimonio debe hacer una oferta (Ijab) a la otra parte. El matrimonio se completa solo cuando la otra parte ha aceptado la oferta.
De acuerdo con la Ley musulmana, es absolutamente necesario que un hombre o alguien en su nombre y la mujer o alguien en su nombre acepten el matrimonio en una reunión y el acuerdo sea presenciado por dos testigos adultos.
Las palabras que transmiten la propuesta y la aceptación deben ser pronunciadas en presencia de cada uno o en presencia de sus agentes, que se llaman Vakil.
La otra condición para un matrimonio válido es que la transacción debe completarse en una reunión. Una propuesta hecha en una reunión y una aceptación en otra reunión no constituyen un matrimonio válido.
Debe haber reciprocidad entre oferta y aceptación. La aceptación no debe ser condicional.
En virtud de la Ley Sunni, la propuesta y la aceptación deben hacerse en presencia de dos hombres o un hombre y dos mujeres testigos, que sean cuerdos, adultos y musulmanes. Bajo la Ley Shia, los testigos no son necesarios al momento del matrimonio. Se requieren en el momento de la disolución del matrimonio.
Las partes que contraen matrimonio deben actuar bajo su libre albedrío y consentimiento.
Fiestas competentes y discapacidades legales
Las partes de un matrimonio deben tener la capacidad de celebrar un contrato. Deben ser competentes para casarse. Los musulmanes que tienen una mente sana y que han alcanzado la pubertad pueden entrar en un contrato de matrimonio. Las partes deben ser capaces de entender la naturaleza de su acto.
DISCAPACIDAD LEGAL
Significa la existencia de ciertas circunstancias bajo las cuales el matrimonio no está permitido. Estas prohibiciones han sido clasificadas en cuatro clases:
Incapacidad o prohibición absoluta. Incapacidad o prohibición relativa. Incapacidad prohibitiva.
Directorio de incapacidad
INCAPACIDAD O PROHIBICIÓN ABSOLUTA: surge de:
Afinidad de consanguinidad
Educación
La consanguinidad significa una relación de sangre y le impide a un hombre casarse:
Su madre o abuela qué tan alto,
Su hija o nieta que baja,
Su hermana, ya sea plena, consanguínea o uterina,
Su sobrina o su gran sobrina como baja,
Su tía (la hermana del padre, la hermana de la madre) o su tía abuela, qué tan alta, ya sea paterna o materna, el matrimonio con una mujer prohibido por motivo de consanguinidad es nulo. Los asuntos de tal matrimonio son ilegítimos.
La afinidad prohíbe a un hombre casarse:
La madre de su esposa o su abuela qué tan alto
La hija o la nieta de su esposa, lo bajo que es
Esposa de su padre o abuelo paterno qué tan alto
Esposa del hijo de su hijo o hijo o hijo de su hija lo bajo que sea
Un matrimonio con una mujer prohibido por razón de afinidad es nulo.
Fomento significa que cuando una mujer que no es su propia madre ha amamantado a un niño menor de dos años, la mujer se convierte en la madre de crianza del niño. Un hombre no puede, por ejemplo, casarse con su madre adoptiva o su hija, o su hermana adoptiva.
EXCEPCIONES
Según la ley sunita, hay algunas excepciones a la regla general de prohibición por motivos de crianza temporal y se puede contraer un matrimonio válido con:
Madre adoptiva de la hermana, o
La madre de las hermanas de Foster, o
hermana de hijos, o
La hermana del hermano adoptivo.
Los juristas chiítas colocan el hogar y la consanguinidad en la misma situación y se niegan a reconocer la excepción permitida por los sunitas. Las prohibiciones mencionadas anteriormente por “consanguinidad”, “afinidad” o “Fomento” son absolutas y los matrimonios contraídos en contra de estas reglas son nulos.
INCAPACIDAD O PROHIBICIÓN RELATIVA: surge de los casos que hacen que el matrimonio sea inválido solo mientras exista la causa que crea la barrera. En el momento en que se elimina, la incapacidad termina y el matrimonio se vuelve válido y vinculante. Los siguientes son los casos:
Conjunción ilegal, poligamia, o casarse con una quinta esposa. Ausencia de testigos propios. Diferencias de religión.
Mujer en IDDAT
Conjunción ilegal: significa casarse contemporáneamente con dos mujeres tan relacionadas entre sí por consanguinidad, afinidad o acogida, que no podrían haberse casado legalmente entre sí si hubieran sido de diferentes sexos. Así, un musulmán no puede casarse con dos hermanas, o una tía y su sobrina.
Según la Ley chiíta, un musulmán puede casarse con la tía de su esposa, pero no puede casarse con la sobrina de su esposa sin su permiso. El matrimonio prohibido por motivo de conjunción ilegal es nulo bajo la Ley Shia.
Poligamia o casarse con una quinta esposa: significa pluralidad de esposas, es decir, casarse con una quinta esposa. Es ilegal que un musulmán tenga más esposas que cuatro.
Una mujer musulmana no puede casarse con más de un marido. Si una mujer se casa con un segundo marido, es responsable de la bigamia en virtud del artículo 444 del Código Penal de la India y las cuestiones de ese matrimonio son ilegítimas.
En la India, ningún musulmán que contraiga matrimonio o se inscriba en su matrimonio conforme a la Ley de matrimonio especial de 1954 puede casarse con una segunda esposa durante la vida de su cónyuge.
Ausencia de testigos apropiados: es esencial entre los sunnitas que al menos dos testigos hombres o una mujer o dos testigos mujeres deben estar presentes para declarar que el contrato se celebró correctamente entre las partes. Los testigos deben ser de buena opinión, adultos y musulmanes.
En la Ley Shia, un matrimonio contraído por los propios cónyuges o sus tutores en privado se considera válido. No es necesaria la presencia de testigos.
Diferencias de religión: un hombre sunita puede casarse con una mujer musulmana (de cualquier secta) o con Kitabia. El matrimonio con Kitabia, es decir, una mujer que cree en una religión revelada que posee un Libro Divino, a saber, el Islam, el cristianismo y el judaísmo, es válida según la Ley Sunni. Pero no puede casarse con un idólatra o un adorador del fuego. Un matrimonio, sin embargo, con una idolatra o un adorador del fuego es meramente irregular en la Ley Sunni, pero vacío en la Ley Shia. Una mujer musulmana no puede casarse con ningún hombre que no sea musulmán, ya sea Kitabia (es decir, un hombre que cree en una religión revelada que posee un libro divino) o no. Según Mulla, el matrimonio entre una mujer musulmana y un hombre no musulmán es irregular. Pero según Fyzee, tal matrimonio es totalmente nulo.
Bajo la Ley Shia, ningún musulmán, ya sea hombre o mujer, puede casarse con un no musulmán en la forma de Nikah.
Por lo tanto, un matrimonio entre un musulmán y un no musulmán solo puede tener lugar en virtud de la Ley de matrimonio especial de 1954.