Si me caso con un ciudadano de los EE. UU. Y nos quedamos casados ​​durante 3 años, pero ninguno de nosotros vive en los EE. UU., ¿Puedo solicitar la naturalización después de 3 años?

No puede naturalizarse como ciudadano de los Estados Unidos hasta que haya residido en los Estados Unidos por un período continuo de tres años (el requisito habitual de cinco años se reduce a tres si está casado con un ciudadano de los Estados Unidos) y ha estado físicamente presente en Estados Unidos durante al menos dieciocho meses de ese período de tres años. Si ha residido en el extranjero, no habrá cumplido con este requisito y, por lo tanto, no será elegible para solicitar la naturalización.

Existen ciertas exenciones a los requisitos de residencia y presencia física (consulte Modificaciones y excepciones a la residencia continua y la presencia física – Capítulo 5, Parte D, Volumen 12) pero incluso si reúne los requisitos para una de estas exenciones, todavía debe ser un residente permanente legal. para naturalizarse, y usted no puede ser un residente permanente legal porque, simplemente, usted no es un residente.

De los comentarios, parece que su cónyuge es un contratista militar. Las familias de los contratistas militares tienen, en algunos casos, derecho a “preservar la residencia”, y si usted residió anteriormente en los Estados Unidos y adquirió la residencia permanente legal y se presentó para preservarla cuando su cónyuge fue asignado a tareas en el extranjero, es posible que tenga He podido permitirse la exención. Si es posible que esto se aplique a usted, consulte a un abogado.

La única forma de naturalizarse sin primero convertirse en un residente permanente legal es a través de un proyecto de ley privado en el Congreso. Cualquier otro camino hacia la ciudadanía naturalizada pasa por la residencia permanente legal en algún momento.

No.

Su cónyuge ciudadano de los EE. UU. Tendrá que demostrar intención de domicilio en los EE. UU. Cuando se apruebe su visa.

Una vez que obtenga su tarjeta de residencia, también debe cumplir con los requisitos de residencia para mantener el estado y los requisitos de presencia física con el fin de calificar para la ciudadanía.

Tiene que ser un LPR y vivir con la USC en el mismo hogar para calificar tiene una regla de tres años. Para hacer eso, no puede ausentarse de los Estados Unidos por más de 180 días en un viaje determinado.

Inmigración familiar

Absolutamente no. Debe residir en los EE. UU. Durante al menos la mitad de los tres años, y en el condado donde planea presentar la solicitud durante al menos 3 meses.