Mi esposa es americana y vive conmigo en el extranjero. ¿Haríamos el proceso de inmigración aquí por correo y permaneceríamos juntos?

Hay dos formas en que su esposa puede patrocinarlo para que se convierta en residente permanente.

  1. Si se encuentra en los EE. UU., Puede solicitar que se ajuste su estado al de un residente permanente. Aunque no puede tener la intención de inmigrar al momento de ingresar a menos que tenga una visa que permita una doble intención (como un H-1b).
  2. Se puede tramitar a través del consulado.
    1. Primero, su esposa presentará un I-130 (junto con varios documentos de respaldo) con el USCIS. Aquí, USCIS examinará sus documentos de identidad y relación y evaluará la buena fe de su matrimonio.
    2. El I-130 aprobado se envía al Servicio Nacional de Visas en New Hampshire. Esta es la agencia que coordina con todos los consulados alrededor del mundo. Recolectarán los formularios y las tarifas requeridas por el Departamento de Estado y programarán el caso para la entrevista en su país de origen.
    3. Luego asistirá a un examen físico de inmigración en el país de origen y asistirá a la entrevista. Una vez aprobada, se le otorgará una visa de inmigrante que debe usar dentro de los 6 meses antes de que caduque para venir a los Estados Unidos. Una vez aquí, se le enviará la tarjeta de residencia permanente de plástico.

Necesitará una VISA de inmigrante y toda la información es a través de la Embajada local de EE. UU.

Por lo general, le darán la información básica y luego deberá completar toda la documentación correctamente, pagar las tarifas, etc.

Hay agentes y abogados que pueden ayudarlo si lo necesita por una tarifa, por supuesto.

Usted puede comenzar yendo en línea a la Embajada de Estados Unidos e Inmigración, Matrimonio, etc.

No realiza el proceso de inmigración por correo; puede preguntar a la embajada local de los EE. UU. Sobre el proceso (sea cual sea el proceso que tenga en mente), pero los requisitos para usted serán diferentes a los de su esposa.

Su esposa ya es ciudadana estadounidense, por lo que puede vivir donde quiera.

Usted no es ciudadano de los EE. UU., Por lo que, para ser un residente permanente, tendrá que estar en los EE. UU. (Residir en el territorio de los EE. UU.). Si regresar a los EE. UU. Y el reasentamiento aquí no es su plan, entonces una aplicación de correo no hará nada por usted, y perderá tiempo y dinero y tendrá que volver a presentar una solicitud si está en los EE. UU.

La tarjeta de residente permanente (tarjeta verde), obtenida por matrimonio o de otra manera, es un camino hacia la ciudadanía estadounidense; conlleva muchos requisitos, como vivir en EE. UU. y no haber estado fuera de EE. UU. durante más de 6 meses consecutivos (ya sabes, para demostrar que quieres vivir en EE. UU.).

Si tiene otros planes, esta aplicación no será para usted, y es usted (y solo usted) quien debe cumplir con las reglas, ya que estas reglas no se aplican a los ciudadanos estadounidenses.

Debe contratar a un abogado de inmigración para revisar los aspectos específicos de su caso y obtener asesoramiento en función de sus planes / situación.