Mi futura esposa y yo queremos mudarnos a los Estados Unidos para estar más cerca de su familia. Quiero poder moverme allí y trabajar de inmediato. ¿Cuál es la forma más fácil?

La mejor manera de no dejar de trabajar sería casarse en la UE, presentar el Formulario I-130, Petición para un pariente extranjero, y una vez que se haya presentado, usted sería elegible para solicitar una visa de no inmigrante K-3, dándole derecho a venir. a los Estados Unidos para vivir y trabajar mientras la petición de visa está pendiente.


¿Puede mi cónyuge venir a los Estados Unidos para vivir mientras la solicitud de visa está pendiente? Si usted es ciudadano de los Estados Unidos, una vez que presente el Formulario I-130, su cónyuge es elegible para solicitar una visa de no inmigrante K-3. Esto le dará derecho a venir a los Estados Unidos a vivir y trabajar mientras la petición de visa esté pendiente. Para solicitar este beneficio, presente el Formulario I-129F. Tenga en cuenta que no está obligado a presentar el Formulario I-129F. Su cónyuge puede esperar en el extranjero para el procesamiento de la visa de inmigrante. Sin embargo, solicitar una visa K-3 puede ser un método adicional para que él o ella venga a los Estados Unidos. Para obtener más información, consulte la página “Visas de no inmigrante K-3 / K-4″.

Traer a los cónyuges a vivir en los Estados Unidos como residentes permanentes

Si su novia reside actualmente en el Reino Unido, entonces la mejor opción es que usted se case en el Reino Unido y que su esposa presente el Formulario I-130, Petición para un familiar extranjero, directamente en la Embajada de los Estados Unidos en Londres. La Embajada de los Estados Unidos en Londres alberga una Oficina de Campo de USCIS, por lo que la I-130 puede presentarse directamente allí, siempre que su esposa sea residente del Reino Unido. El proceso completo para que usted obtenga una visa de inmigrante no debe tomar más de 4-5 meses. Cuando ingrese a los EE. UU. Con la visa de inmigrante, será un residente legal permanente y será inmediatamente elegible para trabajar. Puede encontrar más información en este sitio, https://www.uscis.gov/about-us/f …, o hablando con un abogado de inmigración.