En los Estados Unidos, ¿tiene usted un derecho constitucional de divorcio?

La Constitución de estos Estados Unidos NO otorga derechos. Las primeras ocho Enmiendas imponen restricciones al gobierno federal para proteger los “Derechos inalienables” de todos los hombres. La Enmienda 9 fue un intento de dejar en claro que había otros derechos no enumerados que estaban fuera del alcance del gobierno federal. La enmienda 10 intenta reforzar la idea de que el gobierno federal tiene solo aquellos poderes claramente enumerados en el Artículo 1, Sección 8, con restricciones adicionales a los poderes que se presentan en la Sección 9. Artículo 1 La Sección 10 define claramente aquellos poderes que los Estados renunciaron al gobierno federal.

Así que el divorcio está fuera del alcance de la autoridad del gobierno federal.

El divorcio caería dentro de la jurisdicción de los Estados individuales. Si a la legislatura de un estado se le otorga la autoridad para regular el matrimonio y poner restricciones al divorcio, el gobierno federal no tendrá autoridad para intervenir. Correspondería a los ciudadanos dentro del estado (a través de su legislatura estatal electa o iniciativa de votación) y / o los tribunales estatales (si se les otorga el poder de revisión judicial según la constitución del estado) para derogar o mantener una prohibición estatal del divorcio.

Para referencia, consulte el documento fuente en LA CONSTITUCIÓN DE LOS ESTADOS UNIDOS.

No existe un derecho constitucional federal a un divorcio en los EE. UU., Ni hay ningún estado que yo sepa que menciona el divorcio en su constitución. Por lo tanto, parecería que si un estado decidiera hacerlo, podrían prohibir el divorcio, aunque podrían tener dificultades para aprobar dicha ley de una manera que pudiera soportar un desafío constitucional general.

Independientemente de si existe un derecho constitucional a algo, las legislaturas no pueden simplemente aprobar las leyes que quieran; los tribunales han impuesto un estándar básico de racionalidad a todas las leyes aprobadas por la legislatura. Es decir, la ley debe estar razonablemente relacionada con un poder estatal válido para que sea válida. No se me ocurre ninguna razón para prohibir el divorcio que pudiera pasar esta prueba sin comenzar a pisar el territorio de la Primera Enmienda (prohibir el divorcio por cualquier olor que tenga motivos religiosos puede causar una muerte ardiente).

En última instancia, son las personas las que evitarían que esto suceda: el divorcio es un aspecto de la libertad, tiene la capacidad de abandonar la relación en la que se encuentra sin ser obligado a permanecer allí por el poder del estado. No me puedo imaginar ninguna legislatura en este condado que intente bloquear el matrimonio de esa manera.

Creo que la historia ha demostrado que los EE. UU. Pueden aprobar las leyes morónicas que quieran, y el público tiene muy poco control sobre ella.

Dicho esto, de todos modos no haría una gran diferencia. Las personas abandonan los matrimonios, se mudan con nuevas parejas y nunca se molestan en divorciarse legalmente de sus cónyuges todo el tiempo.

No, el único lugar donde existía un “Derecho” a lo largo de la historia (que yo sepa) era entre los pueblos nórdicos donde la Mujer literalmente tenía el derecho de divorciarse de su marido si él la avergonzaba a ella u otras ofensivas.