¿Es posible que un padre en Florida le dé la custodia de un niño a otro pariente que vive en Nueva York?

En Nueva York, el estándar legal que determina la custodia del menor es el estándar de “interés superior del menor”. Sin embargo, la custodia de los hijos es algo que generalmente se litiga entre dos partes adversas con intereses en conflicto. El ejemplo anterior describe a un padre que renuncia voluntariamente a sus propios derechos paternos a otro pariente. Este escenario funcionaría mejor sin la intervención formal del tribunal bajo un acuerdo informal de “custodia temporal” entre el padre y el pariente cuidador.

Es posible, pero tendría que hacerse a través de la corte. Uno no puede simplemente dar la custodia a alguien. Sin embargo, alguien bajo ciertas circunstancias puede otorgar Poder notarial por períodos de tiempo específicos.