¿Es legal bajo la ley japonesa casarse con su hija adoptada?

Bien de acuerdo con el artículo 736 del Código Civil (民法Minpō ) (Ley Núm. 89 de 1896): Parte IV: Capítulo 2.

“Un padre adoptivo o un ascendiente lineal de un padre adoptivo no puede casarse con un hijo adoptado, su cónyuge, su descendiente directo o el cónyuge de su descendiente directo (Artículo 736)”

Ahora, para ser honesto, nunca he oído hablar de esto y busqué esta respuesta en línea. En mis experiencias aquí todavía no he conocido a nadie que lo haya hecho.

No. Esto se puede encontrar en el artículo 736 del Código Civil japonés.