Descargo de responsabilidad: no soy abogado, por lo que este no es un consejo legal.
No. Y tal vez.
No: Un comprador debe ser mayor de edad. Un joven de 16 años no es mayor de edad. No mencionaste la emancipación en tu pregunta. Si un joven de 16 años está legalmente emancipado, parece que, en algunos casos, la respuesta puede ser “sí”. De lo contrario, no. (Y para responder a otra respuesta a continuación, la respuesta no tiene nada que ver con el crédito, ya sea sazonado o de otro tipo, o con el efectivo disponible. Estas son condiciones que pueden ser impuestas por un prestamista o vendedor. Y ciertamente es posible comprar una propiedad con mal crédito o sin él. efectivo.)
El ” tal vez ” se ocupa de los fideicomisos de tierras. Un fideicomiso de tierras se considera propiedad personal, no bienes raíces. Podría ser posible que la casa (la propiedad inmobiliaria) se coloque en un fideicomiso de terrenos. Uno de los beneficiarios del fideicomiso de tierras sería el de 16 años de edad. Luego, el fideicomiso, como propiedad personal, se transfiere completamente o al menos la mayoría a los 16 años de edad. El fideicomiso sigue siendo el propietario del inmueble. Sin embargo, el adolescente tendría poder de dirección sobre el fideicomiso y, por lo tanto, estaría en posición de controlar los bienes raíces.
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Si yo tuviera 16 años y quisiera comprar mi propia casa, primero consultaría con un abogado de bienes raíces. Mi segundo curso de acción sería tener a alguien que legalmente pudiera comprar la propiedad para comprarla. Habría un acuerdo paralelo, esencialmente una opción, que otorga al joven de 16 años el derecho de comprar la propiedad una vez que haya alcanzado la mayoría de edad. También podría ser aconsejable, y nuevamente un abogado tendría que estar involucrado, para que el comprador real complete un acuerdo de compra y venta que venda la propiedad a los 16 años de edad. El adolescente no pudo ejercerlo de inmediato debido a su edad, pero un abogado mantendría el acuerdo para que estuviera disponible tan pronto como el niño cumpliera 18 años. Para proteger el interés del adolescente, sería recomendable “nublar el título ”al presentar un documento (a veces denominado“ Memorando de Acuerdo ”o“ Notificación de Acuerdo ”con la ciudad o el condado que acompañaría la escritura y notificaría que otra persona tenía un interés en la propiedad. Luego, a los 18 años, el Teen completaría su parte del acuerdo de compra y se convertiría en el dueño de la propiedad.