Siempre que sea posible, creo que los activos deben dividirse de la siguiente manera:
Lo que era cada propiedad o activo de cada persona ANTES del matrimonio debe seguir siendo su propiedad individual respectiva.
Los activos que se obtuvieron DURANTE el matrimonio deben dividirse aproximadamente por igual.
En lo que respecta a la “pensión alimenticia” (odio esa palabra), creo que depende en gran medida de si una persona contribuyó mucho al “desarrollo profesional” de las otras personas (ejemplo: trabajó dos trabajos mientras que la otra fue a la escuela de leyes) . En general, sin embargo, me opongo a la pensión alimenticia, por cualquier género.
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