Estoy de acuerdo con Jennifer Ellis, quien comenta que “esta es una pregunta simple, con una respuesta no necesariamente simple”. La respuesta dependería realmente de (1) dónde se encuentra, (2) cuáles son sus objetivos y (3) Posiblemente qué tipo de valor está involucrado. Honestamente no podemos responder “debería”; todo lo que se puede hacer es sugerirle que lleve la pregunta a un abogado local si busca el consejo definitivo.
Los detalles ahora eliminados muestran que el interrogador original estaba preocupado por quién maneja el automóvil:
Soy el conductor principal, pero ella ocasionalmente lo conduce. El auto está totalmente pagado y confío en ella completamente. ¿Cuáles son las implicaciones de tenernos como dueños o tener solo a mí?
La propiedad es bastante irrelevante para quien maneja un automóvil; El propietario, por supuesto, puede sufrir cualquier persona que desee conducir y eso es generalmente legal. La arruga probable más importante en ese puntaje es el seguro. A los aseguradores de automóviles les importa quién conduce vehículos asegurados con regularidad, y si alguien está manejando un vehículo más que de vez en cuando , el propietario debe incluir a esa persona como un conductor asegurado (no ser honesto en este aspecto puede dar como resultado la denegación de reclamaciones y todo tipo de dolores de cabeza). ). Pero mientras esto se haga, los miembros de la familia pueden compartir vehículos sin importar cómo se titulen.
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Si el propietario y el conductor son diferentes, ambos pueden ser nombrados como acusados en caso de que el automóvil se vea involucrado en un accidente que cause lesiones personales a otra persona. Usted está casi asegurando esto al nombrar un copropietario.
La propiedad conjunta en algunos estados puede facilitar la transferencia del vehículo en caso de muerte. Mientras tanto, será más complicado transferir el vehículo, y específicamente podría causar dolores de cabeza en caso de separación o divorcio, si el cónyuge pierde la motivación para cooperar con usted. (Por supuesto, aparte del título, si se encuentra en una jurisdicción de distribución equitativa y el vehículo es “propiedad conyugal”, deberá tener en cuenta su valor en el momento del divorcio).
Si el estado permite la tenencia en su totalidad como una forma de título, la propiedad conjunta podría ayudar a proteger al vehículo de la imposición por parte de terceros acreedores (aunque nada de esto supondría una diferencia para un acreedor que ejerza un derecho de retención sobre el propio vehículo). La tenencia de la totalidad evitaría que cualquiera de los cónyuges transfiera el vehículo sin el consentimiento del otro durante el matrimonio. Sin embargo, no todos los estados permiten el arrendamiento por la propiedad personal (Pennsylvania sí lo hace, Carolina del Norte), por lo que es posible que solo esté transfiriendo un 50% de interés en el vehículo, y esto podría o no ayudar a prevenir la imposición o transferencia de vehículos. El otro 50%.