¿Tiene una hija casada algún derecho sobre la propiedad de su padre?

La respuesta es NO, si el padre murió antes del 20-12-2004.

S6 de la ley de sucesión hindú fue enmendada en 2005 y otorgó los mismos derechos a una hija en relación con la propiedad ancestral del padre.

Esto condujo a varios litigios debido a que la sección era aplicable retrospectivamente; finalmente, el Tribunal Supremo recientemente aclaró el asunto anterior.

El Honorable Tribunal Supremo, en la sentencia citada en virtud de:
“Los derechos en virtud de la enmienda se aplican a las hijas vivas de los coparceneros vivos a partir del 9 de septiembre de 2005, independientemente de cuándo nazcan dichas hijas. La disposición o enajenación, incluidas las particiones que pueden haber tenido lugar antes del 20 de diciembre de 2004 según la ley aplicable antes de dicha fecha, no se verá afectada. Cualquier transacción de partición efectuada a partir de entonces se regirá por la Explicación “. …………… ..
.

……………… “Si tal coparcener hubiera muerto antes del inicio de la Ley de Enmienda, la sucesión se abrirá en la fecha de la muerte según la disposición vigente de la ley de sucesión y los derechos de los herederos se cristalizarán incluso si La partición por metes y límites no tiene lugar. Se señaló que una disposición aparentemente contradictoria en la Explicación a la Sección 6 (5) y que dicha Sección debía tener una construcción armoniosa con la disposición principal. La explicación no se pudo leer en conflicto con la disposición principal. La disposición principal de la Sección 6 (1) confiere el derecho de coparcener a una hija solo desde el inicio de la Ley y no por ningún período anterior a eso. La condición a la Sección 6 (1) también se aplica solo cuando se aplica la disposición principal de la Sección 6 (5). Dado que la Sección 6 (5) se aplica a la partición efectuada después del 20 de diciembre de 2004, dicha condición y la Explicación también se aplican solo cuando se aplica la Sección 6 (1) “

La intención del juicio anterior es claro que las hijas que tienen derecho a la propiedad ancestral solo surgirán de que tanto ella como su padre estaban vivos en la fecha de dicha enmienda.

La sección anterior y el juicio no se deben confundir con los padres, propiedad adquirida por el mismo, lo anterior solo se aplica a la propiedad ancestral. La hija tiene los mismos derechos que los padres sobre las propiedades adquiridas por uno mismo y lo mismo no ha cambiado en el juicio anterior.

India: La Corte Suprema despeja el aire sobre el derecho de la hija en la propiedad de Coparcenaria

El 9 de septiembre de 2005, entró en vigor la sucesión hindú (Ley de enmienda), 2005 (Ley de enmienda) y se concedió a las hijas de una familia hindú conjunta, regida por la ley Mitakshara, derechos legales en la propiedad de coparcenaria (siendo propiedad no particionada o enajenada) de sus padres. Históricamente, la Ley de sucesión hindú, 1956 (HSA), no confirió ningún derecho sobre una hija a la propiedad ancestral de su padre. La Ley de Enmienda fomentó un debate sobre si el derecho de una hija a la propiedad copartenaria estaba disponible incluso antes del inicio de la Ley de Enmienda, es decir, ¿los derechos otorgados a las hijas en la propiedad coparcenaria eran retrospectivos en su aplicación? El debate sobre la aplicación retrospectiva de la Ley de Enmienda ha sido interrumpido por el reciente pronunciamiento de la Corte Suprema (SC) en el caso de Prakash & Ors v. Phulavati & Ors , dictada el 16 de octubre de 2015. SC, en su sentencia , sostuvo que los derechos de propiedad de las hijas son prospectivos en su aplicación, es decir, que estarán disponibles solo si tanto el padre como la hija están vivos en la fecha de inicio de la Ley de Enmienda (es decir, el 9 de septiembre de 2005).

Hechos breves

El principal tema a considerar ante el SC fue si la Ley de Enmienda es aplicable retrospectivamente. Este problema ha estado sujeto a posiciones divergentes y, a menudo, conflictivas adoptadas por varios Tribunales Superiores en el pasado.

En el presente caso, Phulavati había presentado una demanda en la que reclamaba la partición y la posesión separada de su participación de 1/7 (una séptima parte) en las propiedades de su padre (adquirida por herencia de su madre adoptiva). El padre de Phulavati falleció el 18 de febrero de 1988. Mientras la demanda estaba pendiente, Phulavati enmendó su queja alegando una participación en las propiedades de su padre bajo la Ley de Enmienda. El Tribunal Superior de Karnataka falló a favor de Phulavati que sostiene que una enmienda (en este caso, la Ley de Enmienda) sería aplicable a los procedimientos pendientes, incluso si tal enmienda fuera prospectiva en su operación (Orden de HC). Esta orden de HC fue impugnada ante el SC.

Contenciones

Los principales argumentos en contra del caso de Phulavati fueron los siguientes:

  1. Phulavati tenía un derecho solo en la propiedad auto adquirida de su padre;
  2. El padre de Phulavati falleció el 18 de febrero de 1988, es decir, antes del inicio de la Ley de Enmienda. En consecuencia, Phulavati no podía considerarse un coparcener en el momento del inicio de la Ley de Enmienda; y
  3. La Ley de Enmienda no sería aplicable en el presente caso. Se aplicaría la sección 6 de la HSA tal como era antes del inicio de la Ley de Enmienda, que no reconocía los derechos de las hijas en la propiedad de los coparenarios.

Juicio

En su sentencia, el SC sostuvo que una simple lectura del estatuto (Ley de Enmienda) en sí misma sugiere que una hija tiene un derecho en la propiedad de coparcenario desde y al comienzo de la Ley de Enmienda. El SC sostuvo que ” una modificación de una disposición sustantiva siempre es prospectiva a menos que sea expresamente o por intenciones necesarias, sea retrospectiva “. En el presente caso, no hubo una estipulación expresa o intencionada que haría que la Ley de Enmienda fuera retrospectiva en su aplicación y en virtud de la Ley de Enmienda, el derecho a la propiedad coparcenaria estaría disponible solo para las ” hijas vivas” de los ” coparceners vivos ” el 9 de septiembre. 2005.

La orden de HC fue anulada por el SC. El asunto se remitió de nuevo al Tribunal Superior de Karnataka para una nueva decisión basada en el principio de la aplicación prospectiva de la Ley de Enmienda establecida por el SC.

Comentario

El CS al pronunciar esta sentencia ha proporcionado la tan necesaria claridad de que la Ley de Enmienda es prospectiva en su aplicación, es decir, con respecto a una familia hindú gobernada por la ley Mitakshara, una hija tendría un derecho en la propiedad ancestral heredada por el padre solo si tanto la hija como el padre están vivos al momento de comenzar la Ley de Enmienda. Ninguna distribución de tales propiedades de personas que fallecieron antes del 9 de septiembre de 2005 puede ser reabierta o cuestionada por las hijas. En aras de la claridad, se puede observar que la posición con respecto a la sucesión de cualquier propiedad auto adquirida (en comparación con la propiedad coparcenaria) de un intestino moribundo macho hindú permanece sin cambios, y la hija tiene derecho a una participación simultánea en dicho yo. propiedad adquirida como hijo (en ausencia de un testamento que indique algo en contrario)

Fuente: http://www.mondaq.com/india/x/44

La hija casada tiene los mismos derechos en la propiedad parental después del advenimiento de la enmienda a la Ley de sucesión hindú de 1956, que entró en vigor el 9 de septiembre de 2005.

La Ley de sucesión hindú de 1956, originalmente no otorgaba a las hijas los mismos derechos a la propiedad ancestral. Esta disparidad fue eliminada por una enmienda que entró en vigor el 9 de septiembre de 2005.

El tema surgió ante el banco del juez jefe Mohit Shah, los jueces MS Sanklecha y MS Sonak después de opiniones en conflicto sobre el asunto expresadas por separado por un solo juez y un banco de división.

Un banco de la división opinó que la enmienda se aplicaba a las hijas nacidas el 9 de septiembre de 2005 o posteriormente. En cuanto a las hijas nacidas antes del 9 de septiembre de 2005, los jueces sostuvieron que obtendrían derechos sobre la propiedad cuando falleciera su padre-coparcener (jefe de una familia conjunta) a partir del 9 de septiembre de 2005.

La última palabra del banco.
El banco completo no estuvo de acuerdo con esto y declaró que las hijas tendrían la misma participación en la propiedad ancestral, independientemente de su fecha de nacimiento.
“La sección 6 enmendada se aplica a las hijas nacidas antes del 17 de junio de 1956 o posteriormente (entre el 17 de junio de 1956 y el 8 de septiembre de 2005), siempre que estén vivas el 9 de septiembre de 2005, es decir, en la fecha en que la enmienda actúa. 2005 entró en vigencia “, observaron los jueces en su orden, llegando a 72 páginas.

Ahora, en el primer caso, su madre y otro hermano no pueden reclamar la parte que le fue otorgada por su abuelo en su vida. Sin embargo, todos los hijos (es decir, 3 hermanas, incluyendo a tu madre y 1 hermano) de tu abuelo tienen el mismo derecho en la otra casa y en la parcela.

El regalo del padre a su hijo no es parte de los bienes ancestrales, ya que el hijo no hereda la propiedad al morir el abuelo ni lo recibe por partición que el abuelo hizo durante su vida. El nieto no tiene ningún derecho legal sobre tales bienes porque su abuelo decidió otorgarle un favor a su padre, que también podría haber otorgado a cualquier otra persona.
Por lo tanto, el interés que asume en dicha propiedad debe depender de la voluntad del otorgante y, por lo tanto, cuando el hijo ha recibido la propiedad de su padre como regalo, su hijo o hija no puede reclamar una parte que la denomine propiedad ancestral. Él puede alienar la propiedad dotada a quien quiera y de la manera que quiera. Dicha propiedad se trata como propiedad auto adquirida, siempre que no haya ninguna intención expresada en la escritura del obsequio por parte del abuelo mientras se la regala a su hijo. (CN Arunachala Mudaliar vs CA Muruganatha Mudaliar)

Los hijos e hijas tienen derechos de propiedad solo sobre las propiedades que se han transferido a su padre y se convierten en propiedad ancestral en manos del padre.
Se sugiere además tener la opinión legal antes de seguir adelante. Esta es solo la idea aproximada que he compartido.

En primer lugar la propiedad tiene que ver con sus padres.

segundo debe estar vivo! O incluso si ya no lo es, ¡esto no debería haber ocurrido antes de 2005!

Por favor, siga este artículo esto podría ayudarle.

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La hija casada tiene los mismos derechos en la propiedad parental después de la introducción de la enmienda en la Ley de sucesión hindú de 1956, que entró en vigor el 9 de septiembre de 2005.

La Ley de sucesión hindú de 1956, originalmente no otorgaba a las hijas los mismos derechos a la propiedad ancestral. Esta disparidad fue eliminada por una enmienda que entró en vigor el 9 de septiembre de 2005.

El tema surgió ante el banco del juez jefe Mohit Shah, los jueces MS Sanklecha y MS Sonak después de opiniones en conflicto sobre el asunto expresadas por separado por un solo juez y un banco de división.

Un banco de la división opinó que la enmienda se aplicaba a las hijas nacidas el 9 de septiembre de 2005 o posteriormente. En cuanto a las hijas nacidas antes del 9 de septiembre de 2005, los jueces sostuvieron que obtendrían derechos sobre la propiedad cuando falleciera su padre-coparcener (jefe de una familia conjunta) a partir del 9 de septiembre de 2005.

La última palabra del banco:

El banco completo no estuvo de acuerdo con esto y declaró que las hijas tendrían la misma participación en la propiedad ancestral, independientemente de su fecha de nacimiento.

“La sección 6 enmendada se aplica a las hijas nacidas antes del 17 de junio de 1956 o posteriormente (entre el 17 de junio de 1956 y el 8 de septiembre de 2005), siempre que estén vivas el 9 de septiembre de 2005, es decir, en la fecha en que la enmienda actúa. 2005 entró en vigencia “, observaron los jueces en su orden, llegando a 72 páginas.

Ahora, en el primer caso, su madre y otro hermano no pueden reclamar la parte que le fue otorgada por su abuelo en su vida. Sin embargo, todos los hijos (es decir, 3 hermanas, incluyendo a tu madre y 1 hermano) de tu abuelo tienen el mismo derecho en la otra casa y en la parcela.

El regalo del padre a su hijo no es parte de los bienes ancestrales, ya que el hijo no hereda la propiedad al morir el abuelo ni lo recibe por partición que el abuelo hizo durante su vida. El nieto no tiene ningún derecho legal sobre tales bienes porque su abuelo decidió otorgarle un favor a su padre, que también podría haber otorgado a cualquier otra persona.

Por lo tanto, el interés que asume en dicha propiedad debe depender de la voluntad del otorgante y, por lo tanto, cuando el hijo ha recibido la propiedad de su padre como regalo, su hijo o hija no puede reclamar una parte que la denomine propiedad ancestral. Él puede alienar la propiedad dotada a quien quiera y de la manera que quiera. Dicha propiedad se trata como propiedad auto adquirida, siempre que no haya ninguna intención expresada en la escritura del obsequio por parte del abuelo mientras se la regala a su hijo. (CN Arunachala Mudaliar vs CA Muruganatha Mudaliar)

Los hijos e hijas tienen derechos de propiedad solo sobre las propiedades que se han transferido a su padre y se convierten en propiedad ancestral en manos del padre.

Se sugiere además tener la opinión legal antes de proceder.

Hola señora,

Recientemente hubo algunos cambios en las normas y regulaciones para este tipo de casos. Si desea comprender todas las implicaciones legales para su caso de parte de abogados reputados y experimentados de la India, también puede publicar su pregunta en MyAdvo | Haciendo legal simple. Muchas preguntas similares ya están publicadas aquí con el mejor asesoramiento legal de abogados especializados en derecho de propiedad y familia. Es una plataforma con una visión para hacer legal simple en la India.

Sí, ella puede, ahora.

Esto sucedió debido a la Ley de Sucesiones Hindúes (Enmienda), 2005. Una hija ahora es reconocida como coparcener desde el nacimiento. Sin embargo, la posición había sido diferente antes de 2005. Ella solo tenía derecho a una parte de la propiedad separada del padre como “stridhan” o una parte pequeña (razonable) de la propiedad ancestral bajo “propósitos piadosos”. Estos podrían darse incluso después del matrimonio.

No se confunda entre ser parte de la familia Hindu Joint y ser un coparcener de la propiedad conjunta. Son dos cosas diferentes. Cuando una hija se casa, se convierte en parte de la familia conjunta de su padre y se convierte en parte de la familia conjunta del marido (las circunstancias pueden variar según la costumbre, por ejemplo, en las familias de Taravad, el marido cambia la posición de la familia conjunta como siguen un sistema matriarcal). Pero, su derecho de copartenario todavía permanece con ella incluso después del matrimonio (posición después de 2005).

La posición de las mujeres ha cambiado drásticamente a lo largo de los años en lo que respecta a las leyes de sucesión. Antes de 1937, ni siquiera se le permitía poseer ninguna propiedad. Después de 1937, ella podría mantener la propiedad de su esposo solo como un interés de vida. Es decir, ella podría conservar la propiedad solo hasta que esté viva, a la muerte de su esposo. Después de 1956, finalmente pudo tener la propiedad como un derecho absoluto, es decir, también podría alienarla. Después de 2005, se convirtió en coparcener por nacimiento y puede solicitar su parte en bienes ancestrales antes o después del matrimonio (siempre que sea una de las principales).

Este es un gran logro y un claro indicador de progreso, rompiendo las viejas convenciones de patriarcado y demostrando que ‘ella’ no es solo una parte, sino también una dueña. 🙂

Descargo de responsabilidad: no es un abogado

La ley de sucesión hindú especifica específicamente que usted puede querer su propia propiedad adquirida. Una propiedad heredada sin un Testamento no se trata como propiedad adquirida por uno mismo. Por lo tanto, dicha propiedad se distribuye aún más según la regla de sucesión, es decir, se distribuye equitativamente entre los miembros de la familia. La única forma en que se puede otorgar según el deseo es cuando la persona vende la propiedad ancestral y adquiere una propiedad de ella. Entonces él es libre de quererlo según sus deseos. Sin embargo, si él está descuidando a otros niños, tiene que haber una razón definida para ello, de lo contrario puede haber disputas sobre la reclamación de su parte por otros niños. El tribunal examinará las razones específicas y luego tomará una decisión.

Sí, ella tiene el mismo derecho (como su hermano), pero no cuando su padre todavía está vivo. Puede que no tenga el mismo derecho si su padre deja una voluntad diferente.

Casados ​​o solteros, hija o hijo, no pueden reclamar las propiedades de sus padres cuando están vivos. Período. No deberían hablar de eso con los padres también. Es su dinero duramente ganado, déjalos hacer lo que quieran hacer con él.

Si eres una hija india que cree firmemente en el mismo derecho de propiedad, también debes considerar cuidar a tus padres sin importar si estás casado o no. No debes convenientemente dejar la responsabilidad a tu hermano, si tienes uno. Divide las finanzas, si tus padres son dependientes. Incluso si no, estar con ellos y apoyarlos físicamente / emocionalmente

De esta manera, ¡su reclamación sobre la mitad de la propiedad de su padre también será justificada moralmente!

La hija casada tiene los mismos derechos en la propiedad parental después de la introducción de la enmienda en la Ley de sucesión hindú de 1956, que entró en vigor el 9 de septiembre de 2005.

La Ley de sucesión hindú de 1956, originalmente no otorgaba a las hijas los mismos derechos a la propiedad ancestral. Esta disparidad fue eliminada por una enmienda que entró en vigor el 9 de septiembre de 2005.

Ahora, las Hijas pueden reclamar los mismos derechos en la propiedad, a menos que la propiedad sea “REGALADA” a cualquiera de los hijos, ya que después del regalo se convierte en el único derecho del donatario de entregar la propiedad a quien él quiera, ( CN Arunachala Mudaliar vs CA Muruganatha Mudaliar)).

Caselaw Fuente: https://www.linkedin.com

Descargo de responsabilidad: No soy un abogado.

Dado que este es un caso de una propiedad que se gana por herencia, la persona que la posee actualmente (usted, su abuelo), no puede decidir entregársela solo a uno de sus sucesores (sus hijos).

Una propiedad heredada será compartida igualmente.

Sin embargo, su abuelo puede transferir la propiedad al nombre de su hija favorita solo si sus hermanos dan una declaración de que no necesitan una parte de la propiedad.

Sí, solo puede hacerlo a través de un testamento. Puede mencionar el nombre en Will a quien quiere dar su propiedad. Él puede dar la propiedad ancestral a nadie. Entonces, él puede dárselo a su única hija. Los tres hijos restantes no pueden reclamar ninguna parte de esa propiedad. Pero cuyo nombre mencionó en el Testamento solo puede ser el propietario de la propiedad después de su muerte. Antes de la muerte, si hace otro testamento con el nombre de los demás como reclamante, el último testamento entrará en vigor después de su muerte y otros también serán el propietario conjunto de dichos bienes ancestrales.

Entonces, trata de convencerlo.

¡Paz!

“Sí, las hijas casadas tienen los mismos derechos en la propiedad del padre. Y si el hijo, como se menciona en la información, ya ha vendido alguna tierra … pero no importa … si el padre todavía desea proporcionarle su parte, puede hacerlo “. – estudiante de derecho (uno de mis amigos que es En respuesta a la ley de Mumbai, respondí a esto. Le menciono toda la situación, por lo tanto, ella dio la respuesta anterior, espero que te sirva de ayuda.

No. Según la reciente sentencia del Tribunal Supremo de la India, la enmienda de 2005 en la Ley de sucesión hindú no tendrá efecto retroactivo.

Para información detallada puede visitar. [1]

Notas al pie

[1] Derecho de las mujeres a la propiedad coparenaria.

Querido amigo, la casa de un padre pertenece solo a su hijo, su hija no tiene derecho a nuestra casa, aunque usted tiene un 33% de derecho sobre tierras agrícolas si su madre afirma que su abuelo quiere donar. Es un proceso largo que se baraja de una corte a otra, por lo que debe solicitar algo de dinero a su tío o abuelo alemán y hacer un trabajo o negocio para dirigir su familia, gracias

El acto de sucesión hindú de 1956, entró en vigencia el 17.06.1956 en el que no se otorgó un derecho igual a las hijas en la propiedad ancestral.

Esta ley se modificó en 2005, después de lo cual se concedió el mismo derecho a las hijas casadas en la propiedad parental.

Espero que esto ayude.

Sí, en lo que respecta a la ley islámica. La hija casada también tiene un derecho en la propiedad de su padre y de su madre.

En realidad No, todos los nietos tienen el mismo derecho en la propiedad porque se hereda de los antepasados.
Si es una propiedad adquirida por uno mismo, entonces puede ser otorgada a cualquier cuerpo fuera de su voluntad libre haciendo un testamento.

Por supuesto que sí

Sí. Absolutamente así.