Pensé que agregaría un análisis de las consideraciones teóricas al determinar si un acuerdo prematrimonial es o no exigible. Esto se recuerda a la mitad de la clase de derecho familiar, por lo que no debe tomárselo en serio si realmente está considerando celebrar un acuerdo prematrimonial. Como señala Lisa Borodkin, este tipo de consideraciones teóricas no significa mucho sin conocer los hechos en detalle, y conocer la jurisdicción y la ley aplicable.
Solía darse el caso de que un acuerdo prematrimonial que contemplaba el divorcio era per se inaplicable, al igual que la mayoría de los contratos celebrados entre marido y mujer. Esto comenzó a cambiar hace 50-100 años, reflejando los cambios en las opiniones del matrimonio por parte de los tribunales, desde un tipo de relación inmutable establecida desde lo alto hasta una relación personal entre dos personas con la que el gobierno no debería interferir [1]. Dicho esto, las opiniones sobre el matrimonio todavía están bastante en conflicto, y este conflicto se manifiesta en la forma en que se aplican los acuerdos prenupciales: por un lado, los acuerdos prenupciales son contratos, y los contratos en general siempre son exigibles; por otro lado, muchas cortes encuentran algo desagradable en una pareja que escribe un contrato que contempla el divorcio inmediatamente antes de entrar en una relación que se supone que durará para siempre.
La forma en que esta tensión parece haberse resuelto es tratar los acuerdos prematrimoniales como otros contratos, pero ser muy estrictos con el cumplimiento y la interpretación. Para ser ejecutable, un acuerdo prenupcial debe tener:
- Divulgación completa y justa. Por supuesto, la tergiversación siempre puede anular un contrato, pero un tribunal analizará la divulgación y las circunstancias de la firma del acuerdo prematrimonial mucho más de cerca que de otros contratos, en general [2].
- Los acuerdos prenupciales no pueden ser inconcebibles en el momento de la ejecución . Este es un cambio bastante grande con respecto a otros contratos, que solo no pueden ser exigibles en el momento de la firma. Los tribunales tienen una visión bastante tenue de que una de las partes de un matrimonio se quede en el frío y anulará o modificará un acuerdo prematrimonial para evitarlo. Esto es cierto incluso si, en el momento de la firma, ambas partes son conscientes de que una de ellas podría ser jodida en algún momento en el futuro, y están de acuerdo con ello.
Además de estas dos cosas, hay algunos requisitos técnicos menores (deben ser escritos, a menudo notariados y no pueden estar bajo coacción [3]), y hay una cosa más, como mencioné anteriormente, en los contratos anteriores entre marido y mujer no estaban realmente permitidos [4]. Esto ya no es cierto, pero ciertos tipos de términos contractuales en un acuerdo prenupcial se verán con sospecha o incluso se anularán; por ejemplo, un acuerdo prenupcial que requería que la esposa se acueste con el marido al menos tres veces por semana, y si Ella no lo hizo, reducir su pago de divorcio, sería completamente inaplicable. Ciertos aspectos del matrimonio se consideran demasiado intensamente personales para que un tribunal haga cumplir cualquier contrato al respecto.
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En cuanto a la protección de sus activos, no me atrevo a dar ningún consejo específico (porque no estoy calificado para hacerlo, ya que, entre otras cosas, no soy abogado), pero aquí hay algunas sugerencias generales:
- Asegúrese de que el acuerdo prematrimonial se negocie por completo, con el consejo de ambas partes.
- Asegúrese de que el acuerdo prematrimonial sea razonablemente justo, de modo que, al divorciarse, su cónyuge no pueda razonablemente reclamar que él o ella están siendo completamente abandonados.
- Elija su foro y la ley con mucho cuidado; Algunos estados y algunos lugares son mejores que otros.
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[1] Podemos ver este cambio de muchas otras formas, desde el surgimiento del divorcio sin culpa hasta el final de la acción de “incumplimiento de promesa”.
[2] Esto en realidad no siempre es cierto; Soy consciente de al menos un caso de California (CA parece amar a los prenups en comparación con otros estados) donde una parte parece haber sido prácticamente obligada a firmar el prenupcial, y firmada sin la oportunidad de buscar el consejo de un abogado.
[3] Ver wiki para más detalles: http://en.wikipedia.org/wiki/Pre…
[4] Los contratos que cambian los “incidentes esenciales del matrimonio” son nulos – Reexpresión (primera) de Contratos, §587.