¿Qué sucede en un divorcio en California si un fundador de una empresa nueva obtiene sus acciones de fundador emitidas antes del matrimonio?

En ausencia de un acuerdo prematrimonial, el fundador tendería a argumentar que las acciones son propiedad separada porque fue un activo adquirido antes del matrimonio. Su cónyuge argumentaría que las fortunas de la compañía se han mezclado inextricablemente con la propiedad conyugal debido a que cualquier aumento en el valor de las acciones y la adquisición de la deuda se debió en parte a los esfuerzos, el trabajo y los sacrificios del fundador (por ejemplo, por debajo del salario del mercado) durante el matrimonio.

De cualquier manera, el fundador es el propietario registrado de las acciones a menos que sean transferidas durante el matrimonio o en caso de divorcio. Debido a que las acciones eran el fundador antes del matrimonio, un cónyuge que adquiere intereses de propiedad comunitaria simplemente se mete en los zapatos del fundador en cuanto a las condiciones y restricciones de las acciones; no es necesario que las acepten por separado mediante un consentimiento del cónyuge.

Si el fallo o la estipulación de divorcio estipula que el cónyuge tiene derecho a parte de la apreciación de acciones, entonces, dependiendo de las restricciones de transferencia de la compañía y de cualquier negociación entre la pareja y la compañía, las acciones podrían dividirse, venderse con los fondos destinados a un acuerdo de divorcio en efectivo. , o algún otro arreglo. La compañía puede ser incapaz de evitar esto porque sus acuerdos de acciones no necesariamente superan las leyes de propiedad de la comunidad. Sin embargo, una empresa puede insistir en restricciones de transferencia adicionales u otras protecciones (renuncia a los derechos de información, voto por poder, etc.) como condición para permitir que un ex cónyuge no participante tenga acciones. Algunos acuerdos de acciones de la empresa tienen derechos de recompra de transferencia involuntaria o decomiso en el caso de un intento de transferencia, para tratar de frustrar esto, en cuyo caso el fundador podría estar atascado.

Yo diría que estás viendo una batalla legal larga y costosa, desde ambos lados. Es fácil decir que fueron suyos antes del matrimonio, pero las acciones de los fundadores generalmente se reciben en lugar de pagar. El socio matrimonial es parcialmente responsable de la capacidad del socio participante de dedicar tiempo a aumentar el valor de esa acción. Puedo ver fácilmente que las acciones se llaman compensación como pago y que se consideran propiedad de la comunidad. Veo 2 abogados MUY costosos que luchan en una larga y costosa batalla judicial, si esa empresa se convierte en algo así como Facebook o algo así.

Por lo general, es mucho más fácil para las partes tratar de obtener un ajuste justo y razonable de las necesidades de cada uno.

El aumento en la valuación no debería importar si las acciones nunca fueron parte de la propiedad conyugal.