KARTA DE HUF
Karta es el gerente de HUF y tiene amplios poderes para controlar los asuntos de HUF. El Karta disfruta de su posición en el HUF por operación de ley sin ningún acuerdo y consentimiento de otros miembros del HUF. Se encuentra en una relación fiduciaria con otros miembros, pero no es responsable ante nadie.
Posición de la mujer en HUF
Después de la enmienda hecha por la Ley de sucesión hindú (enmienda), 2005, la hija puede ser coparcener de HUF como los hijos de HUF. Después de su matrimonio, se convierte en miembro del HUF de su esposo y continúa siendo coparcener de la familia de su padre. Al ser coparcener, también puede buscar la partición de la vivienda donde reside la familia y también puede disponer de su parte en la propiedad de coparcenery a su propia voluntad. Si un hindú muere, la propiedad coparcener se asignará a la hija como se asigna a los hijos. Si una coparcener hembra muere antes de la partición, entonces los hijos de tal coparcener serían elegibles para la asignación, suponiendo que se hubiera realizado una partición inmediatamente antes de su desaparición. Una viuda de un hijo anterior al fallecimiento, aunque se haya vuelto a casar, ahora es elegible para compartir la propiedad como heredera legal del hijo anterior a la muerte de la familia.
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Mujer como karta
En un reciente fallo histórico, el Tribunal Superior de Delhi sostuvo que la mujer mayor de una familia hindú no dividida puede ser su ‘Karta’. El asunto que debía decidir el Tribunal era si la demandante, la Sra. Sujata Sharma, quien fue la primera en nacer entre los parentescos de una propiedad de la Familia Hindú e Indivisa, en virtud de su nacimiento, tendría derecho a ser su Karta. Las partes en la demanda ante el Tribunal fueron co-parceners de DR Gupta & Sons, HUF. El Tribunal prestó la debida atención a la Ley de sucesión hindú (enmienda) de 2005, en virtud de la cual todos los derechos que estaban disponibles para un hombre hindú ahora también están disponibles para una mujer hindú. Una hija ahora es reconocida como co-parcener de nacimiento por derecho propio y tiene los mismos derechos en la propiedad de co-parcenary que se dan a un hijo.
Al permitir la petición presentada por la Sra. Sharma, el juez Waziri observó: “La Sección 6 de la Ley de Sucesión Hindú es una legislación socialmente beneficiosa; Da iguales derechos de herencia a hombres y mujeres hindúes. Su objetivo es reconocer los derechos de las mujeres hindúes como co-parceners y mejorar su derecho a la igualdad en la sucesión. Por lo tanto, los tribunales estarían extremadamente atentos a cualquier intento de reducir o restringir la garantía legal de la mejora de sus derechos. Ahora que esta inhabilitación ha sido eliminada por la Enmienda de 2005, no hay ninguna razón para que a las mujeres hindúes se les deba negar la posición de Karta. Si un miembro masculino de un HUF, en virtud de ser el primogénito mayor, puede ser un Karta, también lo puede ser un miembro femenino. El Tribunal no encuentra ninguna restricción en la ley que impida que la mujer mayor co-parcener de un HUF, sea su Karta ”. Se sostuvo que la Sección 6 de la Ley de Sucesión Hindú extiende este elemento de consanguinidad a las coparceners de un HUF bajo el Mitakshara Facultad de Derecho a todos los aspectos de la herencia, que incluiría el derecho a administrar un ritual o propiedad como su Karta, siendo el mayor de los coparcenadores. La Sra. Sharma también confió en el 174º Informe de la Comisión de Leyes de la India, que argumentó que cuando las mujeres son iguales en todos los aspectos de la vida moderna, no hay razón para que se las prive del derecho y privilegio de administrar HUF como su Karta. De acuerdo con las afirmaciones registradas por la Sra. Sharma, el Tribunal observó: “Es una propuesta bastante extraña que si bien las mujeres tendrían los mismos derechos de herencia en una propiedad HUF, este derecho podría, sin embargo, restringirse cuando se trata de la administración de lo mismo. El lenguaje claro de la Sección 6 de la Ley de Sucesión Hindú no estipula ninguna restricción de este tipo “.
Por lo tanto, el Honorable Tribunal Superior de Delhi ya ha aprobado esta posición en la ley y ha proporcionado una interpretación clara e inequívoca del objeto y las razones de la Ley de Sucesión Hindú (Enmienda) de 2005, al extender la aplicabilidad de la enmienda no solo a Las mujeres hindúes son reconocidas como coparceners en pie de igualdad con un hijo, pero también reconocen a la mujer mayor miembro de HUF como Karta de HUF y sus propiedades.
Este juicio tendría un efecto de gran alcance en la mayoría de los HUF en el país donde las mujeres son el miembro sobreviviente más viejo.
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