14.1 Los Estados Partes respetarán el derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.
Todos tenemos un sistema de creencias. Sería imposible mantener cualquier tipo de cultura sin transmitirlo entre generaciones, por lo que no es recomendable sugerir que los padres no pueden enseñar a sus hijos ninguna creencia. La idea de 14.1 es que un niño es libre de cambiar sus sistemas de creencias sin el castigo de los padres o la sociedad.
Usted usó un término fuerte, “anexo”, para presumiblemente referirse a enseñar religión a un niño de una manera coercitiva. Creo que este es un punto válido, y creo que es importante distinguir entre instrucción religiosa y abuso absoluto. Una cosa es enseñar a un niño acerca de Dios, lo correcto y lo incorrecto, y otra muy distinta inculcarlo a través de amenazas y el miedo al castigo físico o emocional, que está claramente prohibido en artículos anteriores del ACNUDH.
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