Es un término latino que generalmente cae en desgracia, excepto en ciertas jurisdicciones.
Según lo explicado por Wikipedia:
Esta forma de resolución se ha convertido en una rareza en los últimos tiempos, con pocas excepciones: en algunas jurisdicciones, todavía es una etapa estándar de los procedimientos de divorcio. En Hong Kong, y en Inglaterra y Gales, el artículo 1 (5) de la Ley de Causas Matrimoniales de 1973 establece que “Todo decreto de divorcio será en primera instancia un decreto nisi y no se hará absoluto antes de que transcurran seis meses desde su concesión “, y la sección 9 (1) permite a cualquier persona (incluido el Procurador de la Reina), antes de que el decreto se haga absoluto,” demostrar la razón por la cual el decreto no debe hacerse absoluto por razones materiales que no se han presentado ante el Corte”.
Ref: Decreto nisi
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Básicamente, es una orden del tribunal que se mantiene pendiente de algún otro suceso.